domingo, 1 de mayo de 2011

CONSTITUCIÓN NACIONAL: ART 14 Y 14 BIS

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Art. 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
...
Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

  • Constitución
  • SANTA FE, 22 de agosto de 1994
  • Boletín Oficial, 23 de agosto de 1994
  • Vigente, de alcance general

FUENTE: infojus.gov.ar

(MÁS INFORMACIÓN EN COMENTARIOS A ESTA ENTRADA)

50 comentarios:

  1. Me sirvió mucho esto, para mi trabajo practico. Gracias!

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  2. Muchas gracias a vos por confiar en el blog de la Biblioteca. Cualquier información que necesites y no encuentres en esta biblioteca, no dudes en consultarnos o solicitar que hagamos una búsqueda.
    Saludos cordiales, GABY

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  3. Grasias esto me esta aplicando con un trbajo muy importante muchas grasias

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  4. Muchas gracias por esta pag. Me esta sirviendo para un trabajo práctico muy importante...
    Grasiassssss.........

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  5. Me alegra que la información del blog les sea de utilidad. NO duden en continuar consultándolo o en solicitar información específica vía mail: bibliotecaalfonsinastorni8de8@gmail.com
    Saludos, GABY

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  6. Respuestas
    1. Che...
      hermana eso no es nada comparado con lo que nos de la seño.
      Así que no te quejes... :-P=P:-P=P:-\

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  7. Estimado/a lector/a
    Te cuento que la Constitución Nacional es nuestra Ley Fundamental, la ley más importante en nuestro país, la República Argentina. Quizás hoy creas que este artículo es muy largo:"es mucho para copiar" pero te invito a leer lo siguiente: "Los derechos sociales refieren a la actividad laboral, a la familia y a la seguridad social. Estos derechos pueden ser individuales o colectivos cuando son ejercidos por familias,asociaciones de
    trabajadores, etc. Se encuentran presentes en el artículo 14
    bis de la Constitución,introducido en la reforma de 1949 y reafirmado en la de 1957, por ejemplo el derecho del trabajador a recibir una jubilación justa, el derecho a huelga, etc." FUENTE: http://aprenderencasa.educ.ar/aprender-en-casa/C%F3mo%20es%20nuestra%20Constituci%F3n%20Nacional.pdf

    El art 14 bis se incorporó a la Constitución Nacional para evitar abusos en las condiciones de trabajo
    Lo importante e imprescindible es conocer nuestra Constitución: allí están nuestros derechos y obligaciones y cómo está organizado nuestra Argentina; para respetarla y hacerla respetar, y para defenderla: el 10 de diciembre de este año 2013 se cumplen 30 años del retorno a la Democracia. Saludos Gaby

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  8. Muy bueno el blog me sirvio de mucho para el cole

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  9. en que parte de la constitucion se encuentra

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  10. Estos dos artículos se encuentran en:

    "PRIMERA PARTE

    Capítulo Primero

    Declaraciones, derechos y garantías"
    Espero que esta información te sea útil.
    Saludos, GABY

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  11. Me sirvio muchissimo para mi tarea se los agradesco

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  12. Meeee re sirvio esto :D Grax

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  13. Me alegra que haya sido de utilidad. En el blog podés encontrar muchos otros temas para consultar.
    Saludos, GABY

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  14. Gracias me ayudo un monton esta pag era para un trabajito practico muchas graciasssssssss...... :)

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  15. EXCELENTE... me sirvio para la facu.. =)

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  16. esto me esta re sirviendo para una prueba en la que tengo que estudiar mucho !

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  17. esto me esta re sirviendo para una prueba en la que tengo que estudiar mucho !

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  18. me sirvio mucho para mi trabajo practico

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  19. Muchas gracias consultar el blog. Éste contiene información confiable y variada. Espero que les sea de utilidad para otros trabajos.
    Saludos, GABY

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  20. En el art 14, cual refiere a los derechos politicos?...

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  21. Gracias,espero que me sirva para la evaluacion. :)

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  22. Una pregunta. Tengo que hacer una tarea. Y me piden la lista de los derechos civiles del articulo 14

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  23. Hola Leo
    Leé el artículo de la Constitución y seguramente vas a poder realizar muy bien tu tarea.
    Saludos, GABY

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  24. gracias desde rio gallegos.. muy util la biblioteca..

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  25. Tengo q estudiar todo esto.!!!:(

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  26. Tenés que estudiar todo esto, y no sólo para aprobar un examen sino para conocer tus derechos. Nuestra Constitución debe ser conocida y defendida por todos los ciudadanos actuales y futuros. Saludos cordiales, Gaby

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  27. Que diferencia hay entre el art 14 y el 14 bis

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  28. Leé con atención y seguramente vas a encontrar la respuesta. Siempre es mejor pensar por uno mismo y no que otros te den las respuestas. Saludos, Gaby

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  29. A este art. Lo puedo usar para calificar a los derechos civiles, politicos y sociales?

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  30. Una recomendación revisen que toda la gente sea del colegio si es la biblioteca del colegio, ya que al no estar en este mismo, ingrese buscando articulo 14 y 14 bis.

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  31. No me lo podian analizar porfa? graciaas!

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  32. Estimada/o lectora/or del blog (Del comentario del 14 de octubre de 2015). Se agradecen la participación activa y sus comentarios. Le comento que, si bien el blog es de una biblioteca escolar, el contenido del mismo es de utilidad, en su mayoría, para cualquier estudiante o persona que necesite información.La intención siempre fue, es y será difundir información de interés y calidad y recibir propuestas, críticas, comentarios, etc. Saludos cordiales

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  33. Que derecho se esconden en el artículo 14?

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  34. Muchas gracias, me sirvió bastante para mi trabajo práctico.

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  35. Hola necesito hacer un informe con la Constitución 14 y 14 bis realizando estas preguntas :Derechos que se cumplen Y derechos que no se cumplen y si a lo largo del tiempo se a conquistado algún derecho . no entiendo o sino lo haría pero no se como hacer el informe y tengo que preguntarles a dos trabajadores que trabajen en relación de dependencia.alguien qué me ayude no se a quien preguntarle

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  36. Yo necesito para mañana que tengo que rendir,de donde puedo sacar los derechos y sus propias convicciones morales y religiosas :c no quiero desaprobar

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  37. Hola Leonel
    Leé cada derecho y comparalo con tus propias convicciones. Es un análisis que sólo podés hacerlo vos.
    Suerte con tu examen.

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  38. hola muy buena informacion¡¡¡

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  39. ¡Hola!
    En los siguientes links podrás encontrar el texto completo de la Constitución Nacional.
    http://www.senado.gov.ar/deInteres
    http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm
    Saludos, GABY

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  40. Hola me sirve un monton .besos😘

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  41. Hola quisiera saber cómo explicar el artículo 14?
    Es para un trabajo pero no se como explicarlo. Ayuda

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  42. Me sirvió mucho para mi trabajo😊 la verdad Muchas gracias 👏

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  43. gracias a ustedes pude completar mi trabajo de ciudadanía

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