---
Art. 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
...
Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
FUENTE: infojus.gov.ar
(MÁS INFORMACIÓN EN COMENTARIOS A ESTA ENTRADA)
Esta Biblioteca pertenece a la Escuela 8 D.E 8 "Antonio Schettino", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ¡Bienvenidos a nuestro Blog!
domingo, 1 de mayo de 2011
CONSTITUCIÓN NACIONAL: ART 14 Y 14 BIS
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Me sirvió mucho esto, para mi trabajo practico. Gracias!
ResponderEliminarMe ayudo muchos esto! Gracias :)
ResponderEliminarMuchas gracias a vos por confiar en el blog de la Biblioteca. Cualquier información que necesites y no encuentres en esta biblioteca, no dudes en consultarnos o solicitar que hagamos una búsqueda.
ResponderEliminarSaludos cordiales, GABY
Grasias esto me esta aplicando con un trbajo muy importante muchas grasias
ResponderEliminarMuchas gracias por esta pag. Me esta sirviendo para un trabajo práctico muy importante...
ResponderEliminarGrasiassssss.........
Me alegra que la información del blog les sea de utilidad. NO duden en continuar consultándolo o en solicitar información específica vía mail: bibliotecaalfonsinastorni8de8@gmail.com
ResponderEliminarSaludos, GABY
muccho para copiar
ResponderEliminarChe...
Eliminarhermana eso no es nada comparado con lo que nos de la seño.
Así que no te quejes... :-P=P:-P=P:-\
Estimado/a lector/a
ResponderEliminarTe cuento que la Constitución Nacional es nuestra Ley Fundamental, la ley más importante en nuestro país, la República Argentina. Quizás hoy creas que este artículo es muy largo:"es mucho para copiar" pero te invito a leer lo siguiente: "Los derechos sociales refieren a la actividad laboral, a la familia y a la seguridad social. Estos derechos pueden ser individuales o colectivos cuando son ejercidos por familias,asociaciones de
trabajadores, etc. Se encuentran presentes en el artículo 14
bis de la Constitución,introducido en la reforma de 1949 y reafirmado en la de 1957, por ejemplo el derecho del trabajador a recibir una jubilación justa, el derecho a huelga, etc." FUENTE: http://aprenderencasa.educ.ar/aprender-en-casa/C%F3mo%20es%20nuestra%20Constituci%F3n%20Nacional.pdf
El art 14 bis se incorporó a la Constitución Nacional para evitar abusos en las condiciones de trabajo
Lo importante e imprescindible es conocer nuestra Constitución: allí están nuestros derechos y obligaciones y cómo está organizado nuestra Argentina; para respetarla y hacerla respetar, y para defenderla: el 10 de diciembre de este año 2013 se cumplen 30 años del retorno a la Democracia. Saludos Gaby
Muy bueno el blog me sirvio de mucho para el cole
ResponderEliminaren que parte de la constitucion se encuentra
ResponderEliminarEstos dos artículos se encuentran en:
ResponderEliminar"PRIMERA PARTE
Capítulo Primero
Declaraciones, derechos y garantías"
Espero que esta información te sea útil.
Saludos, GABY
Me sirvio muchissimo para mi tarea se los agradesco
ResponderEliminarMeeee re sirvio esto :D Grax
ResponderEliminarMe alegra que haya sido de utilidad. En el blog podés encontrar muchos otros temas para consultar.
ResponderEliminarSaludos, GABY
Gracias me ayudo un monton esta pag era para un trabajito practico muchas graciasssssssss...... :)
ResponderEliminarEXCELENTE... me sirvio para la facu.. =)
ResponderEliminaresto me esta re sirviendo para una prueba en la que tengo que estudiar mucho !
ResponderEliminaresto me esta re sirviendo para una prueba en la que tengo que estudiar mucho !
ResponderEliminarme sirvio mucho para mi trabajo practico
ResponderEliminarMuchas gracias consultar el blog. Éste contiene información confiable y variada. Espero que les sea de utilidad para otros trabajos.
ResponderEliminarSaludos, GABY
En el art 14, cual refiere a los derechos politicos?...
ResponderEliminarGracias,espero que me sirva para la evaluacion. :)
ResponderEliminarUna pregunta. Tengo que hacer una tarea. Y me piden la lista de los derechos civiles del articulo 14
ResponderEliminarHola Leo
ResponderEliminarLeé el artículo de la Constitución y seguramente vas a poder realizar muy bien tu tarea.
Saludos, GABY
gracias desde rio gallegos.. muy util la biblioteca..
ResponderEliminarMuy bueno
ResponderEliminarTengo q estudiar todo esto.!!!:(
ResponderEliminarTenés que estudiar todo esto, y no sólo para aprobar un examen sino para conocer tus derechos. Nuestra Constitución debe ser conocida y defendida por todos los ciudadanos actuales y futuros. Saludos cordiales, Gaby
ResponderEliminarQue diferencia hay entre el art 14 y el 14 bis
ResponderEliminarLeé con atención y seguramente vas a encontrar la respuesta. Siempre es mejor pensar por uno mismo y no que otros te den las respuestas. Saludos, Gaby
ResponderEliminarA este art. Lo puedo usar para calificar a los derechos civiles, politicos y sociales?
ResponderEliminarre entendido che
ResponderEliminarGracias me sirvió pAra mi tarea
ResponderEliminar!!
Una recomendación revisen que toda la gente sea del colegio si es la biblioteca del colegio, ya que al no estar en este mismo, ingrese buscando articulo 14 y 14 bis.
ResponderEliminarNo me lo podian analizar porfa? graciaas!
ResponderEliminarEstimada/o lectora/or del blog (Del comentario del 14 de octubre de 2015). Se agradecen la participación activa y sus comentarios. Le comento que, si bien el blog es de una biblioteca escolar, el contenido del mismo es de utilidad, en su mayoría, para cualquier estudiante o persona que necesite información.La intención siempre fue, es y será difundir información de interés y calidad y recibir propuestas, críticas, comentarios, etc. Saludos cordiales
ResponderEliminarQue derecho se esconden en el artículo 14?
ResponderEliminarMuchas gracias, me sirvió bastante para mi trabajo práctico.
ResponderEliminarHola necesito hacer un informe con la Constitución 14 y 14 bis realizando estas preguntas :Derechos que se cumplen Y derechos que no se cumplen y si a lo largo del tiempo se a conquistado algún derecho . no entiendo o sino lo haría pero no se como hacer el informe y tengo que preguntarles a dos trabajadores que trabajen en relación de dependencia.alguien qué me ayude no se a quien preguntarle
ResponderEliminarYo necesito para mañana que tengo que rendir,de donde puedo sacar los derechos y sus propias convicciones morales y religiosas :c no quiero desaprobar
ResponderEliminarHola Leonel
ResponderEliminarLeé cada derecho y comparalo con tus propias convicciones. Es un análisis que sólo podés hacerlo vos.
Suerte con tu examen.
hola muy buena informacion¡¡¡
ResponderEliminar¡Hola!
ResponderEliminarEn los siguientes links podrás encontrar el texto completo de la Constitución Nacional.
http://www.senado.gov.ar/deInteres
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm
Saludos, GABY
Genial uwu
ResponderEliminargenial uwu
ResponderEliminarHola me sirve un monton .besos😘
ResponderEliminarHola quisiera saber cómo explicar el artículo 14?
ResponderEliminarEs para un trabajo pero no se como explicarlo. Ayuda
Me sirvió mucho para mi trabajo😊 la verdad Muchas gracias 👏
ResponderEliminargracias a ustedes pude completar mi trabajo de ciudadanía
ResponderEliminar